Guía de Trámites

Afectación de inmuebles a bien de familia - Ley Nacional 14394 -

Consiste en la afectación de inmuebles de particulares como bien de familia independientemente de su valuación fiscal y de cuantos inmuebles posea el titular. Su objetivo es la protección del mismo para que no sea afectado por juicios o deudas de los titulares con el objeto de preservar ese patrimonio dentro de la familia. Importante: Las escrituras otorgadas por la Casa de Tierras por la Ley 24374 NO constituyen título suficiente para la inscripción como Bien de Familia hasta DESPUÉS de su consolidación. No se aceptan gestores.

¿Es Pago o Gratuito?

Gratuito

¿Quién puede efectuarlo y a quién está dirigido?

Iniciado por: Titular.

Dirigido a: Titulares de dominio de inmuebles.

¿Dónde y en qué horario se realiza?

¿Qué se necesita para realizarlo?

  1. No poseer otro inmueble declarado Bien de Familia
  2. Acreditar la constitución del grupo familiar
  3. Verificar todas las aclaraciones que se muestran posando el cursor sobre la documentación solicitada

Documentos

Documento OOriginal MMostrar EEntregar CEntregar copias
Constancia de CUIT, CUIL O CDI X X X 1
Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) X X X 1
Libreta de Familia Civil o Certificados X X 1
Título de Propiedad Completo X X 1

¿Qué objeto tiene la afectación de un inmueble como Bien de Familia?

La protección del mismo para que no sea afectado por juicios o deudas de los titulares preservando ese patrimonio dentro de la familia.

¿Los inmuebles afectados a Bien de Familia son totalmente inembargables?

No. Solo pueden embargarse o ejecutarse judicialmente en caso de deudas por Impuestos o Expensas.

¿El inmueble puede estar afectado por derechos reales?

Si puede, como por ejemplo una Hipoteca, pero solo lo cubrirá de lo que surja a partir de la fecha de afectación en adelante.

¿Se debe designar algún beneficiario?

Siendo que el espíritu de la Ley es proteger el inmueble los titulares deben designar un beneficiario que puede ser cualquier familiar consanguíneo, ascendente, descendente o colateral hasta el 3° grado de consanguinidad.

¿Las parejas que permanezcan solteras y que hayan comprado un inmueble en condominio, pueden afectarlo como Bien de Familia?

Solamente pueden afectarlo en caso que tengan hijos en común.

¿Qué se debe hacer para desafectar un inmueble Bien de Familia?

De acuerdo a lo establecido en el convenio el Municipio solo realiza AFECTACIONES. Para DESAFECTAR un inmueble como bien de flia. debe hacerse ante un escribano particular o personalmente en el Registro de la Propiedad, en la ciudad de La Plata, Av. 44 entre 4 y 5. TE 0221-429-2500