Denunciar telefónicamente las deficiencias en la seguridad externa de obras cuando no cumplen con los requisitos sobre mantenimiento de fachadas (Ordenanzas Nº 12562). 0800-3333674 o al 147
¿Quién puede efectuarlo y a quién está dirigido?
Iniciado por: Persona Interesada.
¿Qué se debe denunciar?
Son comprendidas las denuncias que afecten la seguridad externa de las obras como son:
• Vallado de protección al frente de las obras (R.G.C. Art. 4.1)
• Bandeja de protección al frente de las Obras (R.G.C. Art. 4.15.5.a.1 y Ord. Nº 19826)
• Vereda transitable al frente de las Obras y ocupación de la Vía Pública (R.G.C. Art. 4.1.9 y Art. 4.2.1)
• Prohibición de Estacionamiento al frente de las Obras (R.G.C. Art. 4.1.9 y Art. 4.2.1)
• Carteles con datos completos de Profesionales y Empresas actuantes (R.G.C. Art. 4.3 y Ordenanza Nº 12.246 )
• Bandeja de protección a fincas linderas de las Obras (R.G.C. Art. 4.15.5 y Ordenanza 19826 modificatoria del R.G.C.)
• Redes de Protección en las Obras (Ordenanza Nº20564).
¿Qué denuncias NO recibe la dependencia?
No son comprendidas las denuncias que no se refieran a temas de seguridad externas en obras como por ejemplo:
• Propiedades Ocupadas irregularmente o abandonadas.
• Seguridad de las obras en relación a actos delictivos
• Ruidos molestos en las Obras
• Veredas ocupadas o en mal estado que no pertenezcan a obras en construcción
• Cortes de Servicios Públicos a linderos de las obras ( Gas, luz, Teléfonos, etc)
• Obras Publicas en ejecución (Tendidos de redes aéreas o subterráneas)
• Incendios.
• Cortes de Transito