Guía de Trámites

Permiso de reparación y pintura de fachadas

Prensentar de la documentación destinada a la obtención del permiso de reparación y pintura en fachadas para obras de reparación, cateos y desprendimientos preventivos, como así también de pintura en fachadas y muros linderos

¿Es Pago o Gratuito?

Gratuito

¿Quién puede efectuarlo y a quién está dirigido?

Iniciado por: Profesional con incumbencia técnica en todo lo inherente a la industria de la Construcción, Persona encargada de la administración del consorcio y Dueño o dueña.

Dirigido a: Personas propietarias de edificios con altura superior a 9 metros.

¿Dónde y en qué horario se realiza?

Datos de interés

¿Qué se necesita para realizarlo?

  1. Inscripta en el Registro de Empresas de obras Públicas Municipal
  2. La documentación debe tener un plazo de vigencia mayor o igual al plazo real de obra

Documentación MMostrar original EEntregar original CEntregar copias
Certificado de seguro de cobertura de Riesgos de Trabajo (ART) X 1
Certificado del empleador extendido por el IERIC X 1
 Comunicación inicio de tareas X
Contrato del director de la obra X
Contrato del profesional en seguridad e higiene X
Contrato del representante técnico de la empresa X
 Declaración Jurada Seguridad

Referencias:

M: Mostrar original
E: Entregar original
C: Entregar copias

Se deberá presentar la nota de finalización de la etapa anterior, visada en el Colegio Profesional correspondiente y presentar el nuevo contrato profesional visado por el Colegio Profesional correspondiente

Solo se entrega a los actores intervinientes en el expediente o a personas autorizadas ante escribano público

Colocación del cartel de obra reglamentario (ord. 12246), colocación de bandejas y media-sombra (ord. 16346 y Reglamento General de Construcciones) y colocación del Permiso para Reparaciones o Pintura en lugar visible.

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