Prensentar de la documentación destinada a la obtención del permiso de reparación y pintura en fachadas para obras de reparación, cateos y desprendimientos preventivos, como así también de pintura en fachadas y muros linderos
¿Quién puede efectuarlo y a quién está dirigido?
Iniciado por: Profesional con incumbencia técnica en todo lo inherente a la industria de la Construcción, Persona encargada de la administración del consorcio y Dueño o dueña.
Dirigido a: Personas propietarias de edificios con altura superior a 9 metros.