Es la consulta de interpretación acerca del contenido del COT y/o del RGC por medio de la cual esta Dirección General responde preguntas inherentes a un tema en cuestión.
¿Quién puede efectuarlo y a quién está dirigido?
Iniciado por: Titular y Profesional con incumbencia técnica en todo lo inherente a la industria de la Construcción.
Dirigido a: Titulares de dominio de inmuebles.